Convocatoria Municipal de Subvenciones
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Un año más el Ayuntamiento de Leganés, desde las distintas áreas, pone en marcha la convocatoria de Subvenciones dirigida a Entidades y Asociaciones Locales sin Ánimo de Lucro con el objetivo de seguir avanzando en el fortalecimiento del movimiento asociativo, aportando las condiciones más favorables para el desarrollo de su función en aquellas tareas y actividades que contribuyan al desarrollo en la tarea cotidiana de hacer ciudad. Una ciudad más plural y democrática, fomentando acciones en torno a la tolerancia, la cooperación y la solidaridad.
Cada entidad solicitante presentará una solicitud por cada proyecto y solo podrá presentar un único proyecto por Área y Junta Municipal de Distrito (Cooperación, Cultura, Cultura UPL ,Deportes, Discapacidad, Educación, Empleo, Festejos, Infancia, Igualdad, Juventud, Junta Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de Distrito San Nicasio, Participación Ciudadana, Salud, Servicios sociales, Medio Ambiente (Sostenibilidad).
También es papel de este Ayuntamiento en cuanto que como gestor de recursos públicos, velar por el buen uso de éstos, un uso que siempre debe ir destinado a la mejora de lo colectivo, y en todo caso como elemento indispensable en la mejora de las condiciones de vida y el entorno de nuestra ciudad.
Una vez más, hemos intentado que las convocatorias sean claras, concisas y asequibles a todos, para ello:
- Se incluyen los elementos de seguimiento, control e información.
- Se unifican criterios generales con todas las áreas municipales, ofreciendo a las entidades de manera unificada las bases reguladoras de la convocatoria.
- Dentro del texto de las bases de la convocatoria se indica el procedimiento a seguir para su tramitación, justificación.
- La convocatoria se regirá por lo establecido en las disposiciones generales de aplicación (Ley General Presupuestaria) y Ley General de Subvenciones 38/2003, del 17 de noviembre. El procedimiento de concesión de subvenciones se realizara en régimen de concurrencia competitiva.
En base al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse telemáticamente con las administraciones públicas (Certificado digital de Persona Jurídica)
La presentación se realizará a través del acceso a la Sede electrónica del Ayuntamiento de Leganés: https://sede.leganes.org y será accesible tanto directamente como a través del Punto de Acceso General al Ayuntamiento, www.leganes.org, conforme al Decreto dictado por el Señor Alcalde-Presidente de fecha 24 de noviembre de 2021, tomada a razón en el libro de decretos y resoluciones en el nº 11.657/2021.
PRIVACIDAD DE DATOS
Los datos recabados serán incorporados y tratados en la actividad de SUBVENCIONES PARTICIPACIÓN CIUDADANA; dada de alta en el Registro de Actividades de tratamiento del Ayuntamiento de Leganés, con la finalidad de: Gestión de Solicitudes, Subvenciones y Ayudas a Asociaciones.
El tratamiento queda legitimado mediante el consentimiento del interesado. Los datos no serán cedidos a terceros, salvo en los supuestos previstos en la normativa vigente de protección datos de carácter personal y podrá ejercer sus derechos ante el Servicio de Atención al Ciudadano. Información adicional en Política de privacidad - Ayuntamiento de Leganés.
Asimismo, y a los efectos de dar cumplimiento al artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, la concesión de la subvención implica la aceptación de ser incluido en una lista que se publicará de forma electrónica o por cualquier otro medio, en la que figuraran las personas y entidades beneficiarias y el importe de la ayuda.
DOCUMENTOS DE INTERÉS
BASES GENERALES DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL 2024
BOCM "BASES GENERALES DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL 2024"