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Portada
Telecomunicaciones (P.I.U.)
Tecnología de Gestión
Archivo y e-Documentos
Estrategia TIC
Transformación digital
Decreto 203/2021, de 30 de marzo
Ley 39/2015, de 1 de octubre
Ley 40/2015, de 1 de octubre
Ley orgánica 3/2018 de 7 de diciembre
Enciclopedia Servicios de Certificación para las administraciones locales
Política de gestión de documentos electrónicos
Memorias de Actuación
Servicios Nuevas Tecnologías
Teletrabajo - Guía rápida de buenas prácticas
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Notificaciones Electrónicas

Notificaciones Electronicas

El Ayuntamiento de Leganés ya recibe notificaciones electrónicas 

La notificación electrónica sustituye a las notificaciones por correo postal. 

Cada vez que se ponga a disposición una notificación electrónica se enviará un correo electrónico informativo a la dirección de correo electrónico indicada por el Ayuntamiento a las diferentes entidades, y aunque este correo electrónico sólo tiene efectos informativos, transcurridos 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación electrónica sin haber accedido a la misma, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y surtirán los efectos previstos en los artículo 41.5 y 43.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dándose por notificado el acto a todos los efectos. 

¿Que ventajas tiene la notificación electrónica? 

  1. Seguridad: Total garantía de seguridad, confidencialidad, privacidad y seguridad jurídica. 
  2. Comodidad: Ahorro de tiempo y flexibilidad de acceso. 
  3. Accesibilidad: Disponible las 24 horas, los 7 días de la semana. 
  4. Ahorro y sostenibilidad: Sin impresión en papel y sin emisiones ni desplazamientos.

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